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Como todos los años ha llegado el momento de presentar el Impuesto sobre Sociedades. Todas las entidades tienen la obligación de presentar este impuesto, también aquellas empresas que no tengan actividad. Solo las empresas disueltas quedan exentas de presentar dicho impuesto. El sujeto pasivo tiene que declarar todos los beneficios que ha obtenido, sin tener en cuenta donde se han producido ni donde tiene la sede social el pagador.

Para determinar el territorio de la sede de la entidad, se tienen en cuenta los requisitos que a continuación se detallan;

  • Las leyes de que territorio se han tenido en cuenta a la hora de la constitución.
  • Donde se encuentra el domicilio social de la entidad.
  • La ubicación de la dirección general.
  • Se considerara, que la dirección general está en el territorio español, cuando la dirección y control de toda la actividad se dirija desde dicho territorio.

Las entidades exentas de presentar el impuesto son las siguientes:

  • Administraciones locales del territorio.
  • Los organismos con autonomía de las administraciones locales del territorio.
  • Entidades locales con responsabilidades de gestión de la seguridad social.

Los plazos de presentación del impuesto:

  • Navarra: 25 de Julio.
  • Guipúzcoa y Vizcaya: 26 de Julio.